Cada artículo de deberá tener un apartado con la declaración de conflictos de interés y el autor principal del trabajo es el responsable de conformar la declaración y de asegurar que todos los coautores la hayan revisado y aprobado. En esta declaración los autores de la investigación deben escoger uno de los escenarios siguientes:

  1. Los autores declaran que no tienen intereses financieros en competencia ni relaciones personales conocidas que pudieran haber influido en el trabajo presentado en este documento.
  2. El autor es miembro del consejo editorial/editor en jefe/editor asociado/editor invitado de la revista y no participó en la revisión editorial ni en la decisión de publicar este artículo.
  3. Los autores declaran los siguientes intereses financieros/relaciones personales que pueden considerarse como posibles intereses en competencia:
    • Un participante en el proceso de redacción, revisión y publicación (autor, revisor o editor) tenga vínculos con actividades que pueden influir en su juicio de forma inapropiada, independientemente de si dicho juicio fue o no afectado. El conflicto de interés más común reside en las relaciones financieras, relaciones personales, rivalidad académica, o pasión intelectual
    • Los pares que actúan como revisores externos deben revelar a los editores cualquier conflicto de interés que pudiera sesgar sus opiniones sobre el manuscrito y deben excusarse de revisarlo si lo consideran oportuno
    • Los editores estarán informados de los conflictos de interés de los revisores para poder interpretar sus informes y juzgar por sí mismos si deben descalificarlos
    • Los revisores no deberán hacer uso de su lectura del trabajo para favorecer sus propios intereses, antes de que el manuscrito sea publicado
    • Cuando los autores envíen un manuscrito para su publicación, tienen la responsabilidad de reconocer y declarar sus conexiones financieras y cualquier otro conflicto de interés que pudiera sesgar su trabajo
    • Los editores que tomen decisiones finales sobre los manuscritos no podrán tener compromisos financieros o personales con ninguno de los autores y trabajos que juzgarán
    • Los editores que participen en las decisiones finales sobre los manuscritos, deben proporcionar una descripción actualizada de sus propios intereses financieros (que pudieran afectar sus juicios editoriales) y limitarse de cualquier decisión en la cual pudieran tener conflicto de interés